Cicuta
Por Jaime Flores Martinez
Viernes, 19 de Junio de 2015.
Horca
Asfixiados por las medidas extremas continuamente implementadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los importadores de mercancía extranjera ya no hallan a quien encomendarse.
El próximo lunes entrará en vigor una modificación al Artículo 81 del a Reglamento de la Ley Aduanera que prácticamente ahorca a las personas que buscan introducir legalmente mercancía procedente del extranjero.
Al SAT se le ocurrió que a partir del lunes los importadores están obligados a comprar en Estados Unidos a través de una “carta de crédito” o “transferencia electrónica” sin importar el monto de la importación.
Con un criterio más estrecho que el copete del secretario de Hacienda, el SAT busca que el comprador mexicano “transparente” el manejo de su dinero para –desde luego– no escapar al pago de impuestos.
Sin embargo el SAT no establece montos “mínimos-máximos” de esa mercancía, es decir, la obligación es igual para quien compra 1000 dólares de madera o para quien invierte 50 mil dólares.
En ambos casos el importador debe tramitar una carta de crédito en un banco nacional y perderle el amor al 3 por ciento del valor de la mercancía.
Aquí el SAT le da negocio a los bancos y de paso pone el zapato en el cuello del contribuyente.
Si el contribuyente recurre a la transferencia electrónica, entonces corre el riesgo de ser intervenido por el fisco gringo por eventual lavado de dinero. Si este es el caso, es obvio que a los señores del SAT les vale verdura.
Es increíble que la dependencia que dirige Aristóteles Núñez tome decisiones de escritorio a 3 mil kilómetros de distancia sin reparar en la realidad fronteriza.
Cómo entender que la obligación de la carta de crédito o la transferencia electrónica también alcanza al sector maquilador.
Esos señores parecen ignorar que la industria maquiladora se ajusta a programas de importación temporal donde no existe compra de insumos. Al ser una «importación amparada solamente con documentos», no se entiende cómo se le obliga a utilizar una transferencia o carta de crédito.
Habrá que saber en qué circunstancias queden las empresas comercializadoras que –en este caso– se encargan de realizar exclusivamente las gestiones.
Cicuta conversó con un agente aduanal que observa con desconcierto las medidas inminentemente habilitadas por el SAT.
El agente levanta los hombros como respuesta a la eventual falta de requisitos ante una solicitud de importación. Para este hombre, la falta de una carta de crédito o una transferencia es motivo suficiente para negar el servicio. ¿Qué podrá hacer el contribuyente? ¿Recurrir al contrabando?
Para que quede más claro, actualmente los importadores pagan con tarjeta de crédito o con dinero en efectivo la mercancía adquirida en los Estados Unidos. Para el vendedor gringo la forma de pago es lo menos importante, es decir, el pago en efectivo es un asunto común.
Si el próximo lunes doña Chonita adquiere un refrigerador en una tienda departamental en Estados Unidos, seguramente no podrá introducirla a México porque utilizó su tarjeta de crédito.
Al desconocer las nuevas medidas implementadas por el SAT los ahorros de doña Chona para comprar su anhelado refrigerador podrían irse al caño.
En su intento por mantener a la sociedad mexicana del cogote, la Secretaría de Hacienda recurre a medidas extremas que sólo evidencian su ansiedad por la necesaria recaudación.
Charly
El columnista relatará en breve la historia de un funcionario estatal decidido a cubrirle la retaguardia a una empleada dedicada al espinoso tema de la auditoría.
Aquí se relatará la estrategia utilizada por esta funcionaria para hincharse los bolsillos con dinero del contribuyente mala paga.
Es inconcebible que algunos funcionarios hagan de su trabajo (en el sector público) su negocio particular. Es el caso.
Cicuta.com.mx twitter: @jaimecicuta jornadabc.mx
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